Uno de los problemas más frecuentes entre los propietarios de obras de arte es  poder acreditar que son justamente eso propietarios de las mismas y la fecha desde cuándo las poseen.

Es caso habitual el no tener justificante de compra de la obra o cualquier otro documento que acredite que la obra se adquirió en tal fecha, sitio, modo e importe y ello es debido en la mayoría de las veces a que, por ejemplo, cuando se compró la obra no era práctica habitual comercial entregar factura ni recibo de la compra de la misma, o a que cuando se compró la pieza tenía un escaso valor y no se reparó en solicitar o guardar el recibo de compra o que dicha obra ha pasado de generación en generación familiar con la misma sencillez que se heredaban las joyas o los muebles, esto es, sin incluirlas en los testamentos o declararlas como parte de la herencia.

A pesar de ello, probablemente durante muchos años sus propietarios simplemente se han dedicado a disfrutar estéticamente de las piezas sin pensar más allá. El problema aparece de repente en la mente de los mismos cuando estos la quieren vender, donar, dejar en herencia, ceder a una exposición, exportar,…ya que es entonces cuando se plantean que no pueden acreditar que esa obra es suya y que cualquier movimiento con la misma supondrá activar el botón de alarma de la Hacienda Pública. Y no les falta razón.

Antes de llevar a cabo ningún tipo de acción con este tipo de obras que no van acompañadas de un documento legal de titularidad y compra siempre es mejor planificar profesionalmente y con tiempo su regularización puesto que de otro modo nos podemos encontrar con una contingencia fiscal para el propietario en su Renta en forma de ganancia de patrimonio no justificada.

No es tarea fácil regularizar las obras de arte pero existen ciertos documentos y pruebas que recabados a tiempo pueden generar la prueba suficiente para poder acreditar frente a terceros y la Hacienda Pública que las obras son de nuestra propiedad y que las poseemos desde fecha determinada y que, en consecuencia, y en su caso, proceden de un ejercicio fiscal prescrito.

Acerca de INA

M.Isabel Niño. Abogada especialista en el Mercado del Arte. Socia fundadora y co-directora de NIAL Art Law (www.nial-artlaw.com). Asesora a coleccionistas de arte, inversores, galeristas, museos, marchantes, casas de subastes, anticuarios, artistas, fundaciones, asociaciones y entidades relacionadas con el arte. Como abogada experta en este sector, está profundamente involucrada en asuntos relacionados con el arte. Sus servicios legales incluyen consultoría y proyectos, asesoramiento jurídico, litigios y formación. Miembro del IAC y de PAIAM. Abogada de la Asociación de Coleccionistas Privados 9915 y del Gremi de Galeries d’Art de Catalunya.