Equilibrio entre derechos de autor y difusión y comercialización de arte

Nuestra charla sobre el “Equilibrio entre el respeto a los derechos de autor y la difusión y comercialización de arte por el galerista” se llevó a cabo el pasado 17 de julio en el seno de las Terceras Jornadas sobre Arte y Galerismo organizadas por el Gremio de Galerías de Arte de Cataluña, y celebradas en el Palau Robert tal y como ya os anunciamos en nuestro anterior post.

En nuestra charla sobre derechos de autor hicimos un recorrido general por los derechos de autor explicando qué son y cuáles son -los derechos morales, los derechos de explotación (reproducción, distribución, comunicación pública y transformación) y los derechos de remuneración (derecho de participación o “droit de suite”)-.

A continuación explicamos como, con la Ley de Propiedad Intelectual en la mano, el 99% de los usos que se llevan a cabo en el mercado del arte por parte de los agentes que integran el mismo en temas relacionados con los derechos de autor, son ilegales aunque tolerados y vulneran los derechos de autor.

Así, con la Ley en la mano, los galeristas necesitan permiso expreso y por escrito de los artistas para reproducir una obra de un artista en la página web de la galería, para reproducir una obra en un catálogo o en la invitación de una inauguración, para proyectar una obra de videoarte en su galería o, incluso, para exponer las obras de arte del artista en la galería para su venta.

La redacción y firma entre galerista y artista de un simple documento que contenga los apartados adecuados para la cesión de derechos de autor (lugar y fecha, identificación de las partes, identificación de la obra, identificación de los derechos que se ceden, finalidad de la cesión etc.) es la diferencia entre cumplir con la Ley o vulnerarla.

Aún así, es evidente que nuestra actual Ley de Propiedad Intelectual no es acorde a las situaciones habituales del mercado del arte y precisaría de una reforma intregal.

¡Que paséis un feliz verano! Volvemos en septiembre.

Terceras Jornadas sobre Arte y Galerismo

El próximo 17 de julio se celebrarán en el Palau Robert (Paseo de Gracia, 107 de Barcelona) las Terceras Jornadas sobre Arte y Galerismo organizadas por el Gremio de Galerías de Arte de Cataluña.

El programa se iniciará a las 10 horas con la conferencia de NIAL Art Law que hemos titulado “Equilibrio entre el respeto a los derechos de autor y la difusión y comercialización de arte por el galerista”.

El desconocimiento de cuáles son los derechos de autor, en qué situaciones se tienen que respetar y en cuáles se han de exigir es un mal que afecta tanto a galeristas como a todos los agentes integrantes del mercado del arte (artistas, comisarios, críticos, coleccionistas…).

Tener clara esta información sin duda es la mejor vía para respetar y exigir con garantías estos derechos y, consecuentemente, reforzar la relación profesional y comercial entre galeristas y el resto de agentes del sector.

El objetivo de nuestra conferencia es explicar los derechos de autor y su funcionamiento, así como, exponer las situaciones habituales concretas en las cuales se genera un derecho de autor por parte del mismo (artista, crítico, comisario) y cómo actuar para respetar lo o solucionar problemáticas surgidas a raíz de esta situación.

Posteriormente, a las 11:30 horas intervendrán Francesc Bosch y David Moreno (Criteri Digital i Multimedia) con la conferencia “Las redes sociales en el mercado del arte”. Para finalizar a las 13 horas con la conferencia “El arte de coleccionar: Walter Benjamin y Stefan Zweig” a cargo de Rafael Argullol y Artur Ramon.

Os esperamos!

ES BALUARD: COLECCIONISMO Y MECENAZGO

“Coleccionismo y Mecenazgo” es un programa estable de Es Baluard pensado para promover acciones en torno al coleccionismo y diferentes vías de patrocinio y mecenazgo, como un punto de encuentro abierto a la construcción patrimonial y del ecosistema arte desde la sociedad civil. El mes de junio de cada año se llevan a cabo diferentes acciones al respecto justo al comienzo de la temporada veraniega en las Islas Baleares y próximo a las fechas de Art Basel.

Este año NIAL Art Law fue invitado a participar en el programa “Coleccionismo y Mecanazgo” en un encuentro en el que abordó la cuestión de leyes e impuestos que afectan al coleccionista en España y ventajas fiscales, deducciones y beneficios, así como determinados aspectos de la normativa de Patrimonio Histórico y de la normativa de Propiedad Intelectual (derechos de autor). Ello dio lugar aun intercambio de ideas y cuestiones entre los asistentes en su mayoría coleccionista, galeristas, artistas e interesados.

La sesión sobre “Coleccionismo y Mecenazgo” se inició haciendo hincapié sobre la importancia de difundir conocimiento para la formación de los diferentes agentes del mercado del arte y de aquellas personas, a las que, de forma puntual, les pueda afectar el tema del arte (herencias, patrimonio empresarial o familiar…etc). También resaltando el momento de cambios y de estabilización en el que nos encontramos actualmente con una creciente profesionalización y creación de diferentes plataformas de arte.

Entre las ideas que se trataron destacan las siguientes:

– Una colección de arte tiene 4 ejes: el eje artístico, el eje económico (valor monetario de la colección como activo), el eje de conservación/seguridad y el eje legal. A este último eje no se le suele dar la importancia que realmente tiene aun cuando las leyes se aplicarán igual aunque las desconozcamos y aun cuando no hacer las cosas de forma correcta desde el principio puede conllevar importantes problemas futuros.

– El panorama legal actual en España respecto al mercado del arte es complejo con distintas leyes, unas estatales y otras autonómicas, y se encuentra condicionado por las directrices marcadas por la Unión Europea. Además, en toda la normativa existente encontramos una falta de regulación de todo lo relativo al arte contemporáneo.

– Respecto de la normativa fiscal es importante tener en cuenta los tres momentos de la vida de una colección que se encuentran condicionados por esta regulación: a) La compra, b) la tenencia y c) la dispersión (por venta, por donación, por herencia…)

– Un aspecto que merece especial mención, por las importantes repercusiones fiscales que puede tener, es la importancia de acreditación de la titularidad de las obras de arte de las cuales una persona es propietaria.

– Respecto a la normativa de Patrimonio Histórico es necesario conocer, sobre todo, tanto la existencia de desgravaciones fiscales como las obligaciones derivadas de la inclusión de una pieza en el inventario general de bienes muebles o las consecuencias de declaración de una obra como BIC, así como la normativa relativa a la exportación de bienes culturales.

– Respecto a la normativa sobre la Propiedad Intelectual se deberían tener claros, por parte de los agentes del mercado del arte, las tres clases de derechos de autor que existen (morales, de explotación y de remuneración) y la existencia del derecho de participación (droit de suite) que aunque sólo se aplica a determinados países puede condicionar las operaciones.

– Por último, en relación a la normativa sobre el mecenazgo que existe en España apuntar que las pocas desgravaciones fiscales van ligadas al patrimonio histórico y no al arte contemporáneo y además no se reconoce públicamente la fundamental labor del coleccionista de arte.

La sesión sobre “Coleccionismo y Mecenazgo” finalizó con una visita privada al site especific recién instalado en las terrazas superiores del museo por el artista Eduardo Kac.

Jornadas de debate organizadas por la Plataforma de Artes Visuales de Catalunya y celebradas en el auditorio Meier del MACBA

En febrero de este año y en este post ya os explicamos que NIAL Art Law formaba parte de la Plataforma d’ Arts Visuals de Catalunya, conformada por siete Asociaciones del Sector del Arte (críticos, artistas, galeristas, gestores culturales, espacios de creación,…). En aquel entonces, os reproducíamos el comunicado que habíamos consensuado y que ya anunciaba que realizaríamos unas Jornadas de Debate con el objetivo de hacer un diagnóstico, buscar soluciones y aportar elementos para el diseño de un nuevo marco deseable para las artes visuales de Cataluña.

Con dicho objetivo hemos trabajado durante algunos meses hasta poder hacer realidad la primera Jornada de Debate (la segunda tendrá lugar el próximo 11 de julio) el pasado 20 de junio en el Auditorio Meier del MACBA.

Esta primera Jornada estuvo formada por dos mesas redondas: Una sobre los problemas, carencias y soluciones del marco jurídico de las artes visuales y, otra, sobre la patrimonialización del arte contemporáneo: Coleccionismo privado y Patrimonialización pública, para finalizar con unas conclusiones y un debate general.

NIAL Art Law lideró la organización y moderación de la mesa redonda sobre el marco jurídico y participó tanto en la misma como en la mesa sobre patrimonialización hablando, en este caso, de nuestra actual Ley del Mecenazgo.

En nuestra mesa se habló de propiedad intelectual (derechos de autor), patrimonio histórico, contratación , fiscalidad y derecho laboral. Todos los temas se abordaron explicando claramente la problemática existente y aportando la solución correspondiente. Soluciones que se propusieron desde el derecho comparado (fijándonos en las soluciones aplicadas por países de nuestro entorno), por analogía con otros sectores o de índole creativa.

Se expusieron puntos clave como que el arte contemporáneo no está regulado ni en la Ley de Patrimonio Histórico ni en la Ley de Propiedad Intelectual, hecho inaceptable a día de hoy.

Es por ello que, como queremos y creemos que lo que se dijo no se debe quedar solamente en el Auditorio, hemos  elaborado un documento que recogen todas las ponencias de la mesa, el cual facilitaremos tanto a las entidades públicas como privadas necesarias para poder hacer realidad un cambio.

Aquí os dejamos el programa de la Jornada y de la próxima del día 11 de julio.

Jornadas de Debate de las Artes Visuales

En febrero de este año y en este post ya os explicamos que NIAL Art Law formaba parte de la Plataforma d’ Arts Visuals de Catalunya, conformada por siete Asociaciones del Sector del Arte (críticos, artistas, galeristas, gestores culturales, espacios de creación,…). En aquel entonces, os reproducíamos el comunicado que habíamos consensuado y que ya anunciaba que realizaríamos unas Jornadas de Debate con el objetivo de hacer un diagnóstico, buscar soluciones y aportar elementos para el diseño de un nuevo marco deseable para las artes visuales de Cataluña.

Con dicho objetivo hemos trabajado durante algunos meses hasta poder hacer realidad la primera Jornada de Debate (la segunda tendrá lugar el próximo 11 de julio) el pasado 20 de junio en el Auditorio Meier del MACBA.

Esta primera Jornada estuvo formada por dos mesas redondas: Una sobre los problemas, carencias y soluciones del marco jurídico de las artes visuales y, otra, sobre la patrimonialización del arte contemporáneo: Coleccionismo privado y Patrimonialización pública, para finalizar con unas conclusiones y un debate general.

NIAL Art Law lideró la organización y moderación de la mesa redonda sobre el marco jurídico y participó tanto en la misma como en la mesa sobre patrimonialización hablando, en este caso, de nuestra actual Ley del Mecenazgo.

En nuestra mesa se habló de propiedad intelectual (derechos de autor), patrimonio histórico, contratación , fiscalidad y derecho laboral. Todos los temas se abordaron explicando claramente la problemática existente y aportando la solución correspondiente. Soluciones que se propusieron desde el derecho comparado (fijándonos en las soluciones aplicadas por países de nuestro entorno), por analogía con otros sectores o de índole creativa.

Se expusieron puntos clave como que el arte contemporáneo no está regulado ni en la Ley de Patrimonio Histórico ni en la Ley de Propiedad Intelectual, hecho inaceptable a día de hoy.

Es por ello que, como queremos y creemos que lo que se dijo no se debe quedar solamente en el Auditorio, hemos elaborado un documento que recogen todas las ponencias de la mesa, el cual facilitaremos tanto a las entidades públicas como privadas necesarias para poder hacer realidad un cambio.

Donación de obras de arte

Ayer participamos en el programa de radio “España vuelta y vuelta” dirigido y presentado por Manolo HH (Manuel Hernández Hurtado) y Mara Petersen en Radio Nacional de España dando nuestra visión, como abogadas expertas en el mercado del arte, sobre la donación de obras de arte y su importancia para el enriquecimiento del patrimonio español así como para su conservación.

También participaron una responsable de la Biblioteca Nacional, entidad que recibió en 2014 unos 1,08 millones de euros en donaciones, el Director del Museo de Bellas Artes de Bilbao, entidad que recibió en 2014 una cifra similar a la anterior y Soledad Lorenzo a quien dedicamos uno de nuestros posts por la donación, en forma de depósito con promesa de legado, que llevó a cabo al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Explicamos la importancia que tiene para la persona que efectúa la donación de obras de arte tener claro a favor de quién se llevará a cabo la misma puesto que sólo si se lleva a cabo la donación de obras de arte a favor de una de las entidades reconocidas en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo se tendrá derecho a desgravaciones fiscales, esto es, museos públicos, centros de arte públicos, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública etc.

En caso contrario, además de que las desgravaciones fiscales no serán aplicables tendremos que tributar en nuestra declaración de la renta por el teórico incremento patrimonial obtenido. O sea, que además de llevar a cabo una donación de obras de arte (= regalar las obras de arte sin ningún tipo de contraprestación económica) nos tocará pagar impuestos en nuestra declaración de la renta.

Para los que no pudisteis escucharnos os dejamos el enlace al programa:



BILBAO ART DISTRICT – Fin de semana de las Artes

El pasado 15 de mayo participamos en el Bilbao Art District – Fin de Semana de las Artes organizado por Bilbao Ekintza. Se trata de una iniciativa en al que participan y colaboran de manera conjunta el Ayuntamiento de Bilbao, la Diputación Foral de Bizkaia y las galerías de arte, en la que están implicados el Museo Guggenheim, el Museo de Bellas Artes, la Sala Rekalde, el Museo Marítimo y los comercios situados en el área del Ensanche.

Durante todo el fin de semana se organizaron eventos relacionados con el arte de compartir, respirar, crecer, pensar, vivir, soñar, sentir y disfrutar.

Dentro del programa del arte para pensar tuvo lugar nuestra participación en el Bizkaia Aretoa de la UPV/EHU, concretamente, en la mesa redonda sobre coleccionismo, moderada por Mercedes Basso (directora de la Fundación Arte y Mecenazgo) y en la que también participaron los coleccionistas José Ángel Sanz y Joaquím Vilanova y el galerista bilbaíno Michel Mejuto.

Nuestra intervención estuvo centrada en el marco jurídico del coleccionista. Abordamos cuestiones como aquello que limita más la actividad del coleccionista, qué significaría un estímulo para el desarrollo del mercado o qué cuestiones provocan que el mercado español no sea competitivo y las transacciones estén deslocalizadas.

Además, pusimos encima de la mesa varias premisas que son fundamentales para entender la precaria situación legal del coleccionista y del mercado del arte, cuales son:

– No nos caracterizamos por ser un país rico ni un país que haya potenciado ni apreciado su patrimonio artístico.

– Nunca ha habido en nuestro país una tradición coleccionista equiparable a la de países de nuestro entorno como Italia, Francia o Inglaterra.

– Hay una falta de educación sobre el mercado del arte y de la importancia del hoy para preservar y enriquecer el patrimonio artístico del mañana.

– Hay una falta de reconocimiento de la figura del coleccionista.

– La legislación que tenemos es penalizadora en vez de incentivadora.

Nos quedamos con la sensación de que faltó tiempo para explicar más, quizá es porque desde NIAL Art Law tenemos una larga y detallada lista de propuestas para mejorar la situación legal y profesionalizar legalmente el sector del arte.

Por último, agradecer de nuevo el esfuerzo, organización, acogida y buen hacer de todas las entidades y personas físicas que integran esta iniciativa de Bilbao Art District – Fin de Semana de las Artes.

Informe TEFAF Art Market Report 2015

Un año más la fundación organizadora de la Feria The European Fine Art Fair (TEFAF), que se celebra del 13 al 22 de este mes, ha encargado a la economista cultural, Clare McAndrew, la investigación y elaboración del informe que examina el mercado global del arte en el año 2014, el denominado informe TEFAF Art Market Report 2015.

El citado informe muestra que en el año 2014 el mercado global del arte ha alcanzado el nivel más alto jamás registrado con una cifra total de más de 51.000 millones de euros a nivel mundial por encima de los 48.000 millones de euros del punto álgido del mercado en el año 2007.

El año pasado el mercado global ha estado dominado por los tres principales mercados de este sector: EEUU (39%), China (22%) y Reino Unido (22%). Así como, el volumen de ventas creció un 6%.

El arte de posguerra y contemporáneo (que incluye a los artistas nacidos después de 1910) ha continuado dominando el mercado del arte con un 48% de todas las ventas en subastas, siendo EEUU el centro clave de sus ventas. Mientras que el arte moderno (artistas nacidos entre 1875 y 1910) ascendió a un 28%.

Otro dato interesante es que la riqueza de los High Net Worth Individuals (HNWI) ha seguido creciendo, siendo el arte la tercera inversión más popular entre los mismos.

Por otra parte, destacar que el 70% de todas las ventas de galeristas fueron a coleccionistas privados. Se celebran al año 180 importantes ferias de arte, generando en su conjunto más de 1 millón de visitantes las 22 ferias más destacadas.

Asimismo, el crecimiento de las empresas en el terreno del arte online es una de las tendencias más llamativas y ampliamente comentadas. Las ventas a través de la web representan alrededor de un 6% de todas las ventas en términos de valor. Hablamos de ventas de piezas con un segmento de valor entre los 1.000 a los 50.000 dólares. Siendo los sitios web mejor clasificados Art.com, Artspace.com y Gagosian.com.

Por último, mencionar que tanto las importaciones como las exportaciones de obras de arte a nivel mundial han alcanzado un incremento del 10% interanual.

El mercado del arte online

El mercado del arte online ha tenido un crecimiento muy importante en el año 2014. Según el “Hiscox Online Art Trade Report 2015”, el crecimiento ha sido de un 68% suponiendo una cifra estimada de 2.640 millones de dólares en el 2014.

La compra de arte online representa un 4,8% del mercado global. Y, superando los pronósticos iniciales, se espera que en el año 2019, el mercado del arte online alcance unas unas ventas de 6.300 millones de dólares.

Según afirma el director de la división de Arte de Hiscox, el Sr. Robert Read: “Las galerías de arte físicas y las casas de subastas ya no pueden operar por separado y los canales online junto con las redes sociales juegan un rol importante. Está demostrado, que la combinación del mundo offline y online es muy atractiva y esto es una buena noticia tanto para vendedores como coleccionistas.” Además: “Esta tendencia puede promover que las plataformas de venta online triunfen como medios puramente transaccionales y revolucionen esta industria que tradicionalmente se basaba en relaciones”.

Aunque no sorprende que la mayoría de la compras online lo sean de obras de pequeño valor (el importe medio asciende a 1.384 euros por pieza), si llama la atención el hecho de que una de las principales motivaciones de los coleccionistas que compran online es el retorno de la inversión y la consideración del arte como activo.

A nivel legal, este cambio de paradigma supone unas importantes implicaciones tanto a nivel de propiedad intelectual (¿necesito el consentimiento de los artistas para colgar las fotos de las obras online? ¿qué consecuencias puede tener no haber obtenido este consentimienot previo?); de obligaciones derivadas de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (¿puedo enviar un correo anunciando la venta de una obra de arte online a toda la base de datos de mis clientes?) y de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (¿que requisitos mínimos debe tener el portal de venta online para cumplir con las obligaciones básicas que marca la ley?)

También supondrá una redefinición de los agentes que operan en el mercado del arte, especialmente de galeristas y casas de subastas.

Marco legal de coleccionismo

Ayer disfrutamos de la Segunda Edición de Encuentros Colecciona, de los que ya os hablamos en este post. Impartimos nuestra sesión sobre el Marco Legal del Coleccionismo en la Fundación Juan March de Madrid.

Iniciamos la sesión con un previo magnífico recorrido por la exposición “El gusto moderno. Art déco en París, 1910-1935″ que actualmente está en exposición hasta el 28 de junio y que hace merecidamente gala de ser la primera muestra que se dedica al Art déco en España y también la primera en celebrarse fuera de un museo generalista o de artes decorativas.

En nuestra sesión, como abogadas especialistas en el mercado del arte, empezamos la explicación con un breve barrido del panorama legal español, el cual se conforma en cuatro grandes pilares en que se asienta la normativa relativa a obras de arte: Sistema tributario general (IVA, IRPF, ITP, IS), normativa del patrimonio histórico español, normativa sobre derechos de autor y normativa sobre el mecenazgo.

Estos cuatro pilares los fuimos desgranando en lo que dividimos en los tres momentos de la vida de una colección: cuando adquirimos una obra (por compra, herencia, donación,…), cuando la tenemos y cuando la traspasamos (por venta, donación, aportación a una fundación).

Respondimos tanto las preguntas que a raíz de nuestras explicaciones íbamos planteando, como las cuestiones que los asistentes al curso iban formulando durante la sesión, buena muestra de ello son por ejemplo, ¿Qué documentos debo solicitar cuando compro una obra de arte? ¿Qué impuesto debo pagar en la compra? ¿Puedo reproducir una obra de mi propiedad? ¿Cómo acredito que una obra de arte es mía si no tengo documentación?, ¿Cuáles son las deducciones fiscales de las que me puedo favorecer? ¿Puedo exportar cualquier obra de arte?

Gracias de nuevo a Chema de Francisco, Feria Estampa, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y resto de patrocinadores por este ciclo de encuentros tan necesarios y útiles que, en nuestro caso, ayudan a formar legalmente a los coleccionistas para que en sus colecciones no hayan sorpresas y sí beneficios y tranquilidad.

Privacy Settings
We use cookies to enhance your experience while using our website. If you are using our Services via a browser you can restrict, block or remove cookies through your web browser settings. We also use content and scripts from third parties that may use tracking technologies. You can selectively provide your consent below to allow such third party embeds. For complete information about the cookies we use, data we collect and how we process them, please check our Privacy Policy
Youtube
Consent to display content from - Youtube
Vimeo
Consent to display content from - Vimeo
Google Maps
Consent to display content from - Google