La Ley de Patrimonio Histórico Español establece la obligación de destinar en los contratos de obras públicas una partida de al menos el 1% a trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Cultural Español o al fomento de la creatividad artística. Lo que se llamaba el 1% Cultural.

Recientemente, la ministra de Fomento y el ministro de Educación, Cultura y Deporte han firmado un acuerdo con el que se amplía la aportación del Ministerio de Fomento a los citados proyectos de restauración y enriquecimiento del Patrimonio Histórico del 1% al 1,5% Cultural.

De este modo el Ministerio de Fomento y sus organismos y entidades dependientes destinarán un 1,5% del presupuesto dedicado a nueva obra pública a, por ejemplo, trabajos de conservación y restauración, proyectos y actuaciones de I+D+i aplicadas al patrimonio histórico, proyectos de fomento y difusión de la arquitectura y el patrimonio español, así como, a la adquisición de bienes culturales, exposiciones y publicaciones.

Centrándonos en las adquisiciones, debemos celebrar que esta posibilidad de aplicar el 1,5% Cultural en las mismas, cuando se trata de adquisiciones de obras de autores vivos, es de las escasísimas medidas que encontramos en nuestra normativa.

En la gran mayoría de las ocasiones, las medidas siempre van encaminadas a favorecer la conservación y el mantenimiento del patrimonio cultural que ya existe y no a favorecer la nueva generación de patrimonio cultural.

Esto sin duda, pone en riesgo nuestro Patrimonio futuro, si hoy no cuidamos y fomentamos a nuestros creadores vivos mañana no tendremos más que lo que ya tenemos hoy. Quien no siembra no recoge…

Por último apuntar que quienes pueden solicitar el 1,5% Cultural son el Estado, las Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, Diputaciones Forales y Provinciales, Consejos y Cabildos Insulares y las Universidades públicas.

Las ayudas del 1,5% Cultural se gestionarán bajo los principios de transparencia y publicidad, para ello en breve se realizará convocatoria pública.