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BILBAO ART DISTRICT – Fin de semana de las Artes

El pasado 15 de mayo participamos en el Bilbao Art District – Fin de Semana de las Artes organizado por Bilbao Ekintza. Se trata de una iniciativa en al que participan y colaboran de manera conjunta el Ayuntamiento de Bilbao, la Diputación Foral de Bizkaia y las galerías de arte, en la que están implicados el Museo Guggenheim, el Museo de Bellas Artes, la Sala Rekalde, el Museo Marítimo y los comercios situados en el área del Ensanche.

Durante todo el fin de semana se organizaron eventos relacionados con el arte de compartir, respirar, crecer, pensar, vivir, soñar, sentir y disfrutar.

Dentro del programa del arte para pensar tuvo lugar nuestra participación en el Bizkaia Aretoa de la UPV/EHU, concretamente, en la mesa redonda sobre coleccionismo, moderada por Mercedes Basso (directora de la Fundación Arte y Mecenazgo) y en la que también participaron los coleccionistas José Ángel Sanz y Joaquím Vilanova y el galerista bilbaíno Michel Mejuto.

Nuestra intervención estuvo centrada en el marco jurídico del coleccionista. Abordamos cuestiones como aquello que limita más la actividad del coleccionista, qué significaría un estímulo para el desarrollo del mercado o qué cuestiones provocan que el mercado español no sea competitivo y las transacciones estén deslocalizadas.

Además, pusimos encima de la mesa varias premisas que son fundamentales para entender la precaria situación legal del coleccionista y del mercado del arte, cuales son:

– No nos caracterizamos por ser un país rico ni un país que haya potenciado ni apreciado su patrimonio artístico.

– Nunca ha habido en nuestro país una tradición coleccionista equiparable a la de países de nuestro entorno como Italia, Francia o Inglaterra.

– Hay una falta de educación sobre el mercado del arte y de la importancia del hoy para preservar y enriquecer el patrimonio artístico del mañana.

– Hay una falta de reconocimiento de la figura del coleccionista.

– La legislación que tenemos es penalizadora en vez de incentivadora.

Nos quedamos con la sensación de que faltó tiempo para explicar más, quizá es porque desde NIAL Art Law tenemos una larga y detallada lista de propuestas para mejorar la situación legal y profesionalizar legalmente el sector del arte.

Por último, agradecer de nuevo el esfuerzo, organización, acogida y buen hacer de todas las entidades y personas físicas que integran esta iniciativa de Bilbao Art District – Fin de Semana de las Artes.

Informe TEFAF Art Market Report 2015

Un año más la fundación organizadora de la Feria The European Fine Art Fair (TEFAF), que se celebra del 13 al 22 de este mes, ha encargado a la economista cultural, Clare McAndrew, la investigación y elaboración del informe que examina el mercado global del arte en el año 2014, el denominado informe TEFAF Art Market Report 2015.

El citado informe muestra que en el año 2014 el mercado global del arte ha alcanzado el nivel más alto jamás registrado con una cifra total de más de 51.000 millones de euros a nivel mundial por encima de los 48.000 millones de euros del punto álgido del mercado en el año 2007.

El año pasado el mercado global ha estado dominado por los tres principales mercados de este sector: EEUU (39%), China (22%) y Reino Unido (22%). Así como, el volumen de ventas creció un 6%.

El arte de posguerra y contemporáneo (que incluye a los artistas nacidos después de 1910) ha continuado dominando el mercado del arte con un 48% de todas las ventas en subastas, siendo EEUU el centro clave de sus ventas. Mientras que el arte moderno (artistas nacidos entre 1875 y 1910) ascendió a un 28%.

Otro dato interesante es que la riqueza de los High Net Worth Individuals (HNWI) ha seguido creciendo, siendo el arte la tercera inversión más popular entre los mismos.

Por otra parte, destacar que el 70% de todas las ventas de galeristas fueron a coleccionistas privados. Se celebran al año 180 importantes ferias de arte, generando en su conjunto más de 1 millón de visitantes las 22 ferias más destacadas.

Asimismo, el crecimiento de las empresas en el terreno del arte online es una de las tendencias más llamativas y ampliamente comentadas. Las ventas a través de la web representan alrededor de un 6% de todas las ventas en términos de valor. Hablamos de ventas de piezas con un segmento de valor entre los 1.000 a los 50.000 dólares. Siendo los sitios web mejor clasificados Art.com, Artspace.com y Gagosian.com.

Por último, mencionar que tanto las importaciones como las exportaciones de obras de arte a nivel mundial han alcanzado un incremento del 10% interanual.

El mercado del arte online

El mercado del arte online ha tenido un crecimiento muy importante en el año 2014. Según el “Hiscox Online Art Trade Report 2015”, el crecimiento ha sido de un 68% suponiendo una cifra estimada de 2.640 millones de dólares en el 2014.

La compra de arte online representa un 4,8% del mercado global. Y, superando los pronósticos iniciales, se espera que en el año 2019, el mercado del arte online alcance unas unas ventas de 6.300 millones de dólares.

Según afirma el director de la división de Arte de Hiscox, el Sr. Robert Read: “Las galerías de arte físicas y las casas de subastas ya no pueden operar por separado y los canales online junto con las redes sociales juegan un rol importante. Está demostrado, que la combinación del mundo offline y online es muy atractiva y esto es una buena noticia tanto para vendedores como coleccionistas.” Además: “Esta tendencia puede promover que las plataformas de venta online triunfen como medios puramente transaccionales y revolucionen esta industria que tradicionalmente se basaba en relaciones”.

Aunque no sorprende que la mayoría de la compras online lo sean de obras de pequeño valor (el importe medio asciende a 1.384 euros por pieza), si llama la atención el hecho de que una de las principales motivaciones de los coleccionistas que compran online es el retorno de la inversión y la consideración del arte como activo.

A nivel legal, este cambio de paradigma supone unas importantes implicaciones tanto a nivel de propiedad intelectual (¿necesito el consentimiento de los artistas para colgar las fotos de las obras online? ¿qué consecuencias puede tener no haber obtenido este consentimienot previo?); de obligaciones derivadas de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (¿puedo enviar un correo anunciando la venta de una obra de arte online a toda la base de datos de mis clientes?) y de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (¿que requisitos mínimos debe tener el portal de venta online para cumplir con las obligaciones básicas que marca la ley?)

También supondrá una redefinición de los agentes que operan en el mercado del arte, especialmente de galeristas y casas de subastas.

Marco legal de coleccionismo

Ayer disfrutamos de la Segunda Edición de Encuentros Colecciona, de los que ya os hablamos en este post. Impartimos nuestra sesión sobre el Marco Legal del Coleccionismo en la Fundación Juan March de Madrid.

Iniciamos la sesión con un previo magnífico recorrido por la exposición “El gusto moderno. Art déco en París, 1910-1935″ que actualmente está en exposición hasta el 28 de junio y que hace merecidamente gala de ser la primera muestra que se dedica al Art déco en España y también la primera en celebrarse fuera de un museo generalista o de artes decorativas.

En nuestra sesión, como abogadas especialistas en el mercado del arte, empezamos la explicación con un breve barrido del panorama legal español, el cual se conforma en cuatro grandes pilares en que se asienta la normativa relativa a obras de arte: Sistema tributario general (IVA, IRPF, ITP, IS), normativa del patrimonio histórico español, normativa sobre derechos de autor y normativa sobre el mecenazgo.

Estos cuatro pilares los fuimos desgranando en lo que dividimos en los tres momentos de la vida de una colección: cuando adquirimos una obra (por compra, herencia, donación,…), cuando la tenemos y cuando la traspasamos (por venta, donación, aportación a una fundación).

Respondimos tanto las preguntas que a raíz de nuestras explicaciones íbamos planteando, como las cuestiones que los asistentes al curso iban formulando durante la sesión, buena muestra de ello son por ejemplo, ¿Qué documentos debo solicitar cuando compro una obra de arte? ¿Qué impuesto debo pagar en la compra? ¿Puedo reproducir una obra de mi propiedad? ¿Cómo acredito que una obra de arte es mía si no tengo documentación?, ¿Cuáles son las deducciones fiscales de las que me puedo favorecer? ¿Puedo exportar cualquier obra de arte?

Gracias de nuevo a Chema de Francisco, Feria Estampa, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y resto de patrocinadores por este ciclo de encuentros tan necesarios y útiles que, en nuestro caso, ayudan a formar legalmente a los coleccionistas para que en sus colecciones no hayan sorpresas y sí beneficios y tranquilidad.

La fotografía y sus aspectos legales

La fotografía y sus aspectos legales es un tema poco tratado y bastante desconocido.

El primer aspecto legal va ligado a la propiedad intelectual: según si nos encontramos ante una obra fotográfica o ante una mera fotografía poseeremos los derechos propios del derecho de autor o sólo ciertos derechos de explotación con una limitación temporal de 25 años.

El segundo aspecto legal va ligado a aspectos tributarios: si estamos ante una fotografía tomada por el artista y revelada e impresa por el autor bajo su control, firmada y numerada y con un límite de treinta ejemplares, la fotografía será considerada obra de arte y podremos utilizar, por ejemplo, el régimen especial de bienes usados o importar las mismas a un tipo reducido de IVA.

El tercer aspecto legal va ligado a la normativa de Patrimonio Histórico: en este punto y ni en la regulación estatal ni en las diferentes regulaciones redactadas por las Comunidades Autónomas se menciona para nada las fotografías con lo cual las mismas no podrán optar a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio o a la bonificación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Sería necesario que en nuestra legislación existiera una regulación específica sobre la fotografía o como mínimo que se hiciera mención a la misma en leyes tan importantes como la de Patrimonio Histórico.

La fotografía es un arte y una técnica que no puede ni debe minusvalorarse.

Segunda Edición de Encuentros Colecciona 2015

Por segundo año consecutivo la Feria Estampa junto con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte organizan la Segunda Edición de Encuentros COLECCIONA especialmente diseñados para profesionales y ejecutivos de empresas con inquietud personal en la creación y cultura contemporánea y en las opciones de compra, inversión y mecenazgo de arte contemporáneo.

A través de once sesiones tanto prácticas como teóricas (impartidas desde el 14 de abril al 26 de mayo de 2015) prestigiosos profesionales del mercado del arte y coleccionistas se adentrarán en los entresijos de cómo mejorar y ampliar la manera de entender el coleccionismo privado e iniciarse en él de forma decidida.

Las sesiones de los encuentros COLECCIONA se llevarán a cabo en destacadas instituciones públicas y privadas de Madrid y hablarán, entre otros, del precio y el valor de las obras de arte, la asesoría de colecciones privadas y corporativas, conservación preventiva y restauración, la subasta, …

Así como, del marco legal del coleccionismo. Para ello un año más NIAL Art Law como despacho de abogados especializado en el mercado del arte impartirá la sesión del día 28 de abril “Marco Legal y Fiscal del Coleccionismo de Arte Contemporáneo” en la Fundación Juan March.

De nuevo plantearemos nuestra sesión de forma eminentemente práctica con toques teóricos que ayuden a entender los casos concretos que podemos aportar por nuestra experiencia profesional o bien que planteen los propios asistentes.

Para ello, hablaremos de lo que más preocupa a los coleccionistas: la fiscalidad, la documentación que tiene que ir acompañada a toda obra de arte o si la misma falta qué precauciones se deben tomar, los derechos de autor y el patrimonio histórico.

Las plazas de los encuentros COLECCIONA tienen un límite de 20 participantes a un precio de 300 euros más impuestos, os dejamos el link por si estuvierais interesados.

Permisos de exportación de bienes culturales

Los permisos de exportación de bienes culturales es un tema complejo que, sin embargo, presenta una gran importancia en la práctica por la enorme cantidad de permisos de exportación que se tramitan anualmente: 14.017 permisos durante el año 2014 según datos del propio Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Sobre la necesidad de pedir permisos de exportación para determinados bienes culturales ya hemos hablado varias veces en nuestro blog (“¿Necesito permiso de exportación para vender un Tàpies?”, “Exportación ilegal, embargo obras y delito de contrabando” o “Exportación de bienes culturales”).

Hoy nos gustaría reflexionar sobre la gran discrecionalidad que tiene la Administración para tomar la decisión de otorgar o denegar los permisos de exportación.

Ni en la Ley de Patrimonio Histórico Español ni en el Real Decreto que la desarrolla encontramos criterios que nos ayuden a saber si nos van a conceder o no permisos de exportación. Sería conveniente contar con unas pautas que rigieran la toma de decisiones para que los ciudadanos pudieran saber de entrada en qué se va a fijar la Administración a la hora de conceder o no permisos de exportación.

Así, por ejemplo, en Gran Bretaña existen los “Waverley Criteria” los cuales se tienen presentes por parte de la Unidad de Licencias de Exportación del Departamento de Cultura a la hora de oponerse a que se lleve a cabo una exportación.

Los Waverley Criteria son tres:

1) ¿está el objeto tan conectado con nuestra historia y vida nacional que su salida sería una desgracia?

2) ¿es de una importancia estética excepcional?

3) ¿es de importancia excepcional para el estudio de alguna rama del arte, la historia o el conocimiento?

El mercado del arte contaría con mayor seguridad jurídica si en España existiera alguna cosa similar. Interesante darle dos vueltas al tema.

La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual y su inconstitucionalidad

En nuestro post “La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual” ya relatamos la fuerte polémica que desató ésta última reforma (Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual) aprobada por el Gobierno del Partido Popular y que entró en vigor el pasado 1 de enero del presente año.

Hoy de nuevo vuelve a estar en el candelero porque el grupo socialista ha presentado ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra un conjunto de preceptos de la citada Ley.

En concreto, el partido socialista considera que tres puntos de esta norma no respetan el texto constitucional: la compensación por copia privada, la gestión del sistema de recaudación de ventanilla única y el establecimiento de un arbitraje obligatorio en caso de desacuerdo respecto a las tarifas.

En relación al primer punto, se impugna el artículo primero que regula la compensación económica por Copia Privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por cuanto los socialista consideran que este sistema no justo afecta a todos los ciudadanos por igual “consuman o no consuman” y cuya cantidad está planteada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sin que se valore el perjuicio causado.

Planteamiento este contrario a los artículos 33 y 31 de nuestra Constitución. En los cuales se reconoce y protege el derecho de propiedad privada y se establece la exigencia de un sistema tributario justo, inspirado en los principios de igualdad y progresividad, lejos del carácter confiscatorio.

En consecuencia, con este nuevo sistema se pasa de un sistema de regulación compensatoria con cargo a los fabricantes, importadores y distribuidores de equipos y aparatos de reproducción, a un sistema de remuneración (sin contenido indemnizatorio) con cargo al Estado y sin posibilidad de repercusión. Esto es, se ha convertido en un gasto público lo que es una obligación jurídico-privada.

Respecto al segundo punto, la obligación de las entidades de gestión a asociarse para gestionar la ventanilla única como único sistema de recaudación para la facturación y pago de los derechos de autor, el PSOE también reivindica su regulación inconstitucional por cuanto vulnera el derecho de asociación contemplado en el artículo 22 de nuestra Constitución.

Por último, la tercera cuestión es el arbitraje obligatorio al que remite la Ley en caso de desacuerdo entre usuarios y productores sobre tarifas. Dicho arbitraje (del que se hace cargo una comisión dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) impediría la reclamación directa a los Tribunales.

Como colofón a esta polémica acabaré con una afirmación sostenida por Abel Martín: “Tenemos que recuperar la cultura como un factor transversal que afecta a todos los sectores. Desde el punto de vista económico, es una actividad muy importante, pero también desde el punto de vista intelectual y de país, es fundamental”.

Plataforma d’Arts Visuals de Catalunya

Una buena noticia para el sector de las artes visuales: nace la Plataforma d’Arts Visuals de Catalunya impulsada por la Associació Catalana de Crítics d’Art, Art Barcelona associació de galeries, la Associació d’Artistes Visuals de Catalunya, la Associació Professional de la Gestió Cultural de Catalunya, el Gremi de Galeries d’Art de Catalunya, el Instituto de Arte Contemporáneo-Grup Catalunya y la Xarxa d’Espais de Creació i Producció de Catalunya (Xarxaprod)

NIAL Art Law forma parte de esta nueva plataforma.

A continuación os dejamos copia del comunicado que ya se ha hecho llegar a las Administraciones Públicas (Departament de Cultura, diputaciones, Ayuntamiento de Barcelona y Ministerio de Cultura español) y a los medios de comunicación:

COMUNICADO DE LA PLATAFORMA D’ARTS VISUALS DE CATALUNYA:

Ante la precaria situación en que se encuentra el mundo de la cultura en Cataluña, muy especialmente el sector de las artes visuales, los representantes de las distintas asociaciones y colectivos abajo firmantes hemos constituido una plataforma de trabajo en común, con el objetivo de generar propuestas que den soluciones a problemáticas que afectan artistas, redes de centros de arte, galeristas, críticos, comisarios y, en consecuencia, la sociedad catalana en general.

ENTENDEMOS QUE:

En los últimos años estamos asistiendo a un proceso de clara involución de ideas y valores vinculados a la cultura, que son fundamentales en las democracias occidentales. En este contexto, se ha utilizado a menudo la crisis económica por parte de gobiernos e instituciones para aplicar recortes progresivos que afectan al mundo de la cultura y, específicamente, al de las artes visuales contemporáneas. Un ejemplo muy reciente es la drástica reducción de ayudas a las artes visuales por parte del Ministerio de Cultura español.

Las administraciones surgidas de la transición política española arrastran desde el origen graves déficits en el campo de las artes visuales, que las sitúan a gran distancia de las prácticas vigentes en el entorno europeo.

En Cataluña, desde hace años, el sector de las artes visuales reclama a todas las instituciones (nacionales, municipales y también museísticas) que afronten y resuelvan estas carencias crónicas.

Son carencias que afectan varias cuestiones, destacamos algunas:

– El papel de la educación artística en las escuelas.
– La desconexión entre la Universidad y los agentes culturales.
– La magra y decreciente presencia del arte en los medios de comunicación públicos y privados.
– La frecuente carencia de rigor en los nombramientos de directores de museos y centros de arte.
– La carencia absoluta de una política institucional de adquisición de arte contemporáneo.
– La falta de una política coherente y sostenida en cuanto a los centros de arte y fábricas de creación en el territorio y también en Barcelona.
– La insuficiencia de ayudas a la creación y a la difusión nacional e internacional.
– El desinterés al crear un marco jurídico del mundo del arte homologable al de otros estados europeos.

Las consecuencias más visibles de estas carencias se han puesto de manifiesto crudamente en la actual crisis económica y han puesto en peligro el sistema del arte, su potencial y la aportación esencial que tiene que hacer a la sociedad, como transmisor y difusor de la creación y del patrimonio cultural.

Todavía estamos lejos de destinar un 2% de los presupuestos públicos a la Cultura y, en Cataluña, las ayudas a la promoción y difusión de actividades vinculadas a la creación y a las empresas culturales representan de media tan sólo un 1,75% del presupuesto del Departamento de Cultura. Estas ayudas han bajado un 30% estos últimos años.

El Departamento de Cultura de la Generalitat, con quien a menudo hemos tratado estas cuestiones, quiere iniciar la redacción de un plan integral del sector de las artes visuales, hecho que valoramos positivamente, entendiendo que se hará con la participación de los diferentes agentes del sector, que se tendrán en cuenta sus criterios, y que se determinarán objetivos precisos que sean compartidos.

Recientemente se han abierto algunas vías de colaboración entre el Departamento de Cultura, el ICUB y algunas entidades del sector en torno a proyectos concretos generados y gestionados desde el sector. Consideramos necesario profundizar y ampliar este tipo de iniciativas.

NOS PROPONEMOS:

Emprender mecanismos de reflexión, comunicación y participación entre los diferentes agentes del mundo de las artes visuales para impulsar proyectos que activen la economía del sector, con la colaboración del sector público cuando sea necesaria, manteniendo nuestra necesaria actitud crítica hacia las instituciones siempre que haga falta.

Por eso queremos crear una plataforma de debate entre las entidades que agrupan los diferentes actores del sistema del arte en Cataluña, para:

– Diseñar acciones que relacionen verdaderamente la educación y la cultura.
– Definir un marco jurídico que estimule la ayuda privada a la creación contemporánea y el apoyo privado a las estructuras productivas y expositivas;  así como que incentive la adquisición de obras de arte contemporáneo.
– Proponer la creación en breve plazo de un fondo de arte contemporáneo de carácter público-privado, que apoye a la creación de nuestros artistas y logre una función prescriptora.
– Reclamar de los medios de comunicación, públicos y privados, una mayor presencia de espacios dedicados a la crítica y la reflexión cultural, especialmente al arte contemporáneo.
– Poner sobre la mesa la crítica situación de muchos centros públicos destinados al arte y proponer medidas correctoras.

Como primera medida realizaremos unas Jornadas de Debate el próximo mes de mayo con el objetivo de hacer un diagnóstico, buscar soluciones y aportar elementos para el diseño de un nuevo marco deseable para las artes visuales en Cataluña.

Las jornadas tendrán que facilitar el trasvase de conocimiento especializado y el intercambio de proyectos para reactivar el sector a través de iniciativas publico-privadas basadas en el potencial de gestión. Querríamos también buscar soluciones conjuntas en problemáticas específicas tales como las de los espacios de producción de artes visuales, y la de la producción de obra, que en la actualidad comprende cuestiones mucho más complejas, posibilitando nuevos ámbitos de trabajo que las administraciones públicas tendrían que promover, así como tratar cuestiones que afectan directamente al sector como son la aplicación adecuada de los Derechos de Autor o la adopción efectiva de un código de buenas prácticas.

El contrato de comodato otra forma de ceder obra

Desde este mes de febrero Barcelona cuenta con un nuevo Museo de Culturas del Mundogracias al préstamo en comodato que la Fundación Folch, creada por el empresario Albert Folch y dirigida en la actualidad por su hija Stela Folch, realizó al Ayuntamiento de Barcelona.

El Museo, que integra la diversidad artística y cultural de distintos pueblos de África, Asia América y Oceanía, presenta una parte muy importante del préstamo en comodato durante veinte años acordado entre la Fundación Folch y el Ayuntamiento de Barcelona.

El comodato o préstamo de uso es un contrato jurídico por el cual una parte (en este caso, la Fundación Folch) entrega a la otra (Ayuntamiento de Barcelona) gratuitamente un bien (obras de arte) con cargo de restituir los mismos bienes después de terminado el uso (después de los 20 años por los que se ha acordado el presente comodato).

Lo esencial del contrato de comodato es que es gratuito, ya que si el que adquiere el uso tiene que pagar algún emolumento, deja de ser comodato. Y que permite al adquirente el uso de los bienes.

Sin embargo, en el comodato el comodatario (el que adquiere el uso, Ayuntamiento de Barcelona) sólo adquiere los bienes a título de mera tenencia ya que la propiedad sigue siendo del comodante (Fundación Folch).

Esta figura es una buena opción de colaboración entre instituciones públicas y coleccionistas privados, no solo porque es una forma loable y generosa de dejar acercar al público en general tu colección sino porque durante el tiempo que dure el comodato la conservación y seguridad de las obras correrá a cargo del museo correspondiente.

Y, si el comodato tiene una duración no inferior a tres años, además gozará el coleccionista de la exención del impuesto de patrimonio.

Así que es una alternativa a tener en cuenta con una única advertencia, y es que se tenga en consideración que se debe poner una  especial atención al contrato que se celebra entre comodante y comodatario, dado que el riesgo puede surgir de no haber contemplado ni regulado todas las vicisitudes que puedan aparecer mientras el museo tenga las obras en su poder y más aún cuando el comodato se celebra por un extenso periodo de tiempo.

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